Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 706/01-R
Fecha: 10-Jul-2001
1.
1. En su demanda presentada el 22 de mayo de 2001, la recurrente aduce que se dedica al comercio hace mucho tiempo, contando para ello con la documentación legal exigida. En 22 de febrero del año en curso, María Elizabeth Arano Peredo sentó denuncia en la P.T.J. contra “Rodrigo N.N. y Olga N.N.” por el delito de fraude comercial y otros, alegando que es propietaria de la empresa “Colchones Ortobo”, única representante en Bolivia de la fábrica brasileña “Industria E Comercio E Colchones Cuiaba” Ltda., habiéndose percatado de la comercialización clandestina de la marca “Ortobon” en una tienda denominada “Mueblería Olga”.
- Partes:
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- 2.
- a)
- 3.
- 4)
- 5)
- 8)
- 10)
- CONSIDERANDO:
- además de que no es función del fiscal verificar “ventas clandestinas” que no están dentro de su ámbito de competencia.
- y menos los jueces penales están facultados para custodiar tales actos comerciales.
- sin fundamentar en qué se sustenta esa medida
- ,
- POR TANTO: