SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 839/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 839/01-R

Fecha: 09-Ago-2001

POR TANTO:

 POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA en parte  la  Sentencia de fs. 206 a 208 de obrados, pronunciada el 20 de junio de 2001, por la Jueza de Partido de la Provincia Obispo Santistevan y Warnes y declara IMPROCEDENTE el Recurso contra el Director Regional de INALCO y Aldo Arabe David, disponiendo que dicho Tribunal proceda conforme al artículo 102-III de la Ley Nº 1836, con relación a la improcedencia y califique los daños y perjuicios de acuerdo al numeral VI de la misma disposición en lo que respecta a la procedencia.