Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1034/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1034/01-R

    Fecha: 21-Sep-2001

    arraigo del procesado,

    que “ ...la tramitación de los procesos a que tienen lugar los delitos previstos en este cuerpo legal se ajustará a las reglas establecidas en los Libros I y II del Código de Procedimiento Penal, con las modificaciones que a continuación se expresan: ...Al conceder el beneficio de la libertad provisional, el tribunal decretará simultáneamente el arraigo del procesado,  hasta el término por sentencia firme del proceso incoado”.

    • Vistos:
    • 1.
    • Fragmento 3
    • a)
    • 3.
    • 2)
    • 5)  Por Nota S.C.C. 069/2001 de 12 de julio (fs. 1), la Dirección GRACO de Cochabamba, solicitó se cumpla lo dispuesto en el Pliego de Cargo Nº 39- 61/2001 en cuanto al arraigo de Antonio Spagnuolo Sánchez
    • CONSIDERANDO:
    • es título suficiente para iniciar la acción coactiva, el Pliego de Cargo
    • únicamente
    • Artículo 26°.-
    • “Artículo 7° (Garantías Patrimoniales).-
    • De lo anterior se interpreta que para el cobro de deudas u obligaciones patrimoniales  no es posible el uso de medidas restrictivas a la libertad personal
    • única y exclusivamente como reacción a un delito”.
    • demandante
    • “Arraigo.-
    • adoptar medidas restrictivas a la libertad
    • arraigo del procesado,
    • el apremio y el arraigo.
    • el arraigo ordenado por la autoridad recurrida ha restringido ilegalmente la libertad del recurrente
    • POR TANTO:

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca