Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1192/2002-R
Fecha: 04-Oct-2002
II.10
II.10 En el proceso seguido por Gloria Iris Rosales Montero contra el recurrente y otros, se celebró audiencia de juicio oral el 8 de abril (fs. 229 a 271), en la que, habiendo sido prolongada, el 12 de abril el Tribunal Segundo de Sentencia, declaró improbada la excepción de extinción de la acción penal y probada la excepción de falta de acción, por consiguiente, conforme a la SC 357/2002, de 2 de abril, dispuso se remitan obrados al Juez Cautelar Séptimo para que conmine al Fiscal de Distrito a formalizar la acusación. Froilan Douglas Villalobos planteó recurso de apelación en 15 de abril (fs. 329 a 332). No figura en el expediente la resolución de dicho recurso.