SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1192/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1192/2002-R

Fecha: 04-Oct-2002

III.2

III.2   En el caso de autos,  el recurrente tiene planteados dos recursos de apelación, el primero contra el Auto de 12 de abril de 2002 pronunciado por  el Tribunal Segundo de Sentencia, que declaró improbada la excepción de  extinción de la acción penal y probada la de falta de acción , en virtud de lo que ordenó la remisión del cuaderno ante  el Juez Cautelar para que conmine al Fiscal de distrito a presentar la solicitud conclusiva, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto por la SC 357/2002-R; y la segunda, contra el Auto de 27 de abril, emitido por el Juez Cautelar ahora demandado, que  rechazó las excepciones de falta de acción y extinción de la acción penal.