Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1250/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
Plantea el recurso contra Jorge Acosta Salinas, Director de la Academia Nacional de Policía, pidiendo se declare procedente, y se deje sin efecto la respuesta “Secretaría General Oficio 438/2002” de 11 de julio de 2002, ordenando que en forma inmediata la ANAPOL le reciba su examen de desquite de la materia respectiva.
- Wilson Pérez Choque
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe del recurrido
- improcedente
- 1.2.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO