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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2002 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2002 - R

    Fecha: 21-Oct-2002

    Fragmento 11

                Que, en el caso, como se ha sostenido precedentemente, el recurrente podía acudir a los medios legales que la Ley le franqueaba para reparar tal derecho si lo consideraba lesionado, por lo que en atención a la naturaleza subsidiaria del recurso no cabe compulsar si la petición obtuvo o no una respuesta debidamente  motivada.

    • Florentino y Faustino Sánchez Quentasi, Nicolasa Sánchez de Veliz y Augusto Sánchez Callapino
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • (fs. 66-67)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • Fragmento 11
    • III.3
    • III.5
    • III.6
    • APRUEBA

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