SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2002 - R
Fecha: 21-Oct-2002
(fs. 66-67)
El abogado del recurrido reiteró el informe escrito (fs. 66-67) en el que alegó: a) que los recurrentes pretenden hacer valer su derecho propietario sobre una superficie que tenían sus antepasados, la cual fue transferida; que por otro lado, en su demanda de mensura citan una superficie distinta a la del título de propiedad y de los planos; b) que el trámite de aprobación de planos topográficos fue rechazado ya que se cuestionaba el derecho propietario sobre la totalidad del plano; c) que actualmente está en sustanciación un proceso de interdicto de adquirir la posesión; d) que no se discute su calidad de herederos, pero su derecho no anula la venta y donación que hiciera Honorato Sánchez, la cual se incorporó a la superficie de área de forestación de patrimonio municipal mediante instancias y mecanismos legales; e) que el trámite no ha durado tres años, pues del informe que cursa en obrados se evidencia que duró del 22 al 31 de marzo de 1999; f) que al haber sido rechazado su trámite, los recurrentes tenían la vía para plantear recurso de revocatoria conforme al art. 140 LM ante el mismo ejecutivo y posteriormente el recurso previsto en el art. 141 LM y g) que al existir cuestionamiento sobre el derecho propietario se debe acudir al tribunal llamado por Ley.