SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1294/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1294/2002-R

Fecha: 28-Oct-2002

a efectos de la realización de las pericias de campo deberá contratar a una de las empresas habilitadas y autorizadas por el Director Nacional del INRA

            En el marco de las disposiciones legales anotadas, la entidad que solicitó el saneamiento simple de la  propiedad que reclama como suya, debe cumplir con las exigencias legales de cada una de las etapas y fases del proceso, en cuyo mérito, a efectos de la realización de las pericias de campo deberá contratar a una de las empresas habilitadas y autorizadas por el Director Nacional del INRA, ya que son esas empresas, y no otras instancias como el Instituto Geográfico Militar, quienes tienen la facultad de efectuar tales pericias, ya que, además, están sometidas a fiscalización de sus tareas por parte del INRA y cuentan con las especificaciones necesarias para  efectuar sus labores.