Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1298/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
1) l
El recurrente señala que se han vulnerado sus derechos a la defensa, petición y trabajo, ya que: 1) la apelación contra la R.T.A. 1643/98 no fue resuelta por los recurridos; 2) en caso de haber sido resuelta, no se le notificó con la determinación respectiva y 3) mediante la R.M. 3375/2002, se dispone la clausura de su industria. En consecuencia, corresponde determinar si tales extremos son ciertos, y si ameritan la protección que brinda el art. 19 constitucional.