Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1298/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El recurrente afirma que al no haberse resuelto la apelación que interpuso contra la R.T.A. 1643/98 desde hace tres años o no habérsele notificado con la misma en caso de que se hubiese resuelto, se está vulnerando sus derechos previstos en los arts. 7.h), 16.II, 32 y 35 de la Constitución Política del Estado (CPE), pretendiéndole dar a la R.T.A. ya citada la calidad de cosa juzgada, limitándole su derecho a la defensa y provocando su estado de indefensión; por otra parte, al haberse dictado la R.M. 3375/2002 por la que se determina la clausura de su industria, se está lesionando su derecho al trabajo establecido en el art. 7.d) CPE.