Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1298/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
III.4
III.4 El Concejo Municipal de Cochabamba, al ratificar la clausura de la Marmolera de propiedad del recurrente, emplea como argumento el hecho de que aquélla, luego de permanecer inactiva durante dos años, reinició sus actividades de manera ilegal sin contar con autorización municipal, y si bien esa empresa recabó en enero del presente año la Licencia de Funcionamiento provisional, ese hecho no desvirtúa la irregularidad de haber incurrido en el ejercicio ilegal de una actividad económica.