Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2002-R
Fecha: 08-Nov-2002
el presente recurso es improcedente
En consecuencia, el presente recurso es improcedente al tenor del art. 19-IV CPE que establece que el amparo solamente puede ser viable cuando la persona ha agotado todos los medios legales para demandar el respeto de los derechos que estima lesionados, lo que no ha ocurrido en este caso, en el que -como lo reconoció el recurrente, se reitera- se planteó el amparo pretendiendo sustituir al recurso de revocatoria, lo que no está permitido, máxime si se toma en cuenta que no existe un peligro de daño inminente e irreparable que pueda dar lugar al otorgamiento de la tutela inmediata de este recurso.
- Pierre Chain Wanna en representación de la empresa “Bassam” Ltda.,
- I.1.1. hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- , notificada la empresa ahora demandante, con la nota en que le comunicaban la imposición de la multa, tenía la opción de plantear los recursos
- el presente recurso es improcedente