SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2002-R

Fecha: 08-Nov-2002

el presente recurso es improcedente

En consecuencia, el presente recurso es improcedente al tenor del art. 19-IV CPE que establece que el amparo solamente  puede ser viable cuando la persona ha agotado todos los medios legales para demandar el respeto de los derechos que estima lesionados, lo que no ha ocurrido en este caso, en el que -como lo  reconoció el recurrente, se reitera-  se planteó el amparo pretendiendo sustituir al recurso de revocatoria, lo que no está permitido, máxime si  se toma en cuenta que no existe un peligro de daño inminente e irreparable que pueda dar lugar al  otorgamiento de la tutela inmediata  de este recurso.