SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2002-R

Fecha: 08-Nov-2002

I.1.1.   hechos que motivan el recurso.

En la demanda presentada el 27 de agosto de 2002 (fs.18 a 21), el recurrente aduce que  mediante nota SH 4990 ODEC 0505/2002 de 8 de agosto de este año, el Superintendente de Hidrocarburos impuso a la empresa que representa una sanción pecuniaria  de Bs7.831.- por la supuesta infracción del art. 69-b) del Reglamento para Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos aprobado por DS 24721, otorgándole un plazo de 48 horas a partir de la recepción de la comunicación, según el art. 2-5) del DS 26167 de 26 de abril de 2001, para que efectúe el respectivo pago.

Alega que la multa antedicha fue impuesta faltando la obligatoria aplicación de las normas de  procedimiento administrativo previstas en el DS 24505 de 21 de febrero de 1997, pues la sanción se asignó a su representada sin que se le hubieran notificado los cargos, negándole el derecho a ser oída y exponer su defensa, privándole de producir sus pruebas y plantear sus alegatos.