SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2002-R
Fecha: 08-Nov-2002
PROCEDENTE
La Sentencia 027/2002-SSAII, cursante a fojas 58 y 59, pronunciada el 30 de agosto de 2002 por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara PROCEDENTE el amparo planteado, disponiendo que la Superintendencia de Hidrocarburos notifique a la empresa recurrente con todos los antecedentes y denuncias que dieron lugar a la nota sancionatoria, con el fundamento de que “ha existido conculcación a los derechos y garantías constitucionales de la empresa recurrente, señalados en los arts. 7 inc. a), 16, 19, 32 de la Constitución Política del Estado, al haberse evidenciado que la emisión de la Nota SH5990 ODEC 0505/2002 de fecha 8 de agosto de 2002, es un acto administrativo inicial susceptible de impugnaciones y recursos que franquea la ley, siempre que se haya notificado con los cargos y denuncias para ser oído y asumir legítima defensa, aspecto que se omitió previo al procedimiento de la sanción impuesta”.
- Pierre Chain Wanna en representación de la empresa “Bassam” Ltda.,
- I.1.1. hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- , notificada la empresa ahora demandante, con la nota en que le comunicaban la imposición de la multa, tenía la opción de plantear los recursos
- el presente recurso es improcedente