Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1389/2002-R
Fecha: 20-Nov-2002
II.2
II.2 En ejecución de sentencia, a solicitud de la parte civil previo requerimiento fiscal el 14 de agosto de 2002, se expidió el mandamiento de condena ( fs. 37). En 17 de agosto del mismo año, el recurrente en la vía incidental de previo y especial pronunciamiento solicita la extinción de la acción penal en consideración al pago como anticipo efectuado y la suspensión del mandamiento de condena en tanto sea resuelto el incidente planteado (fs. 44). Practicada la liquidación, es observada por el condenado (fs. 50-51).