SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1441/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1441/2002-R

Fecha: 25-Nov-2002

II.3.

II.3.    Por nota de 7 de agosto de 2002, los recurridos comunicaron a la Presidenta de la Asociación de Rentistas y Jubilados del SSU que ante el rechazo de la modificación realizada al art. 12 del Estatuto por docentes y trabajadores de la UTO, el citado art. 12 había sido restituido en la reunión de Directorio de 30 de julio de 2002, determinándose que el representante del sector pasivo sea un docente o un trabajador administrativo jubilado de la UTO, no pudiendo actuar el recurrente como su representante por no ser jubilado de dicha universidad, solicitando se designe a un nuevo representante (fs. 19-20).