SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1453/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1453/2002-R

Fecha: 28-Nov-2002

III.2.

            El art. 45 LTC, reconoce al Tribunal Constitucional la potestad de “requerir de los poderes públicos y de los órganos de la administración pública o municipal, Universidades, así como de las personas naturales o jurídicas no estatales y de las privadas que ejerzan funciones de administración por delegación estatal, la remisión de fotocopias debidamente legalizadas de documentos, informes y expedientes relativos a la norma o acto que origine el procedimiento constitucional, lo que se hará efectivo en el plazo que fije el Tribunal”.