Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1453/2002-R
Fecha: 28-Nov-2002
III.4.
III.4. En el caso objeto de estudio, el Banco “Santa Cruz” S.A., al interponer el recurso de amparo contra los Conjueces que emitieron el Auto de Vista de 3 de abril de la presente gestión, acompañó la prueba que a su criterio era pertinente para demostrar los extremos esgrimidos de su parte, no pudiendo atribuírsele la lesión de derechos fundamentales por tal hecho, quedando subsistente siempre la potestad del tribunal de amparo, así como del Tribunal Constitucional de requerir mayor documentación si amerita el caso.
- Eduardo Añez Paz en representación de la empresa “Bolivia Mahogany” S.R.L.
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Personas recurridas y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1
- II.3
- II.4 Gil Antonio Porras López, en representación del Banco “Santa Cruz” S.A.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- 2º DISPONE