SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1453/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1453/2002-R

Fecha: 28-Nov-2002

III.3.

III.3.  De las disposiciones referidas, se infiere que la parte recurrente adjuntará a su demanda de amparo, la documental que estime pertinente para la resolución de  su controversia, o, dicho de otro modo, la prueba que considere adecuada para demostrar la lesión del derecho y garantías que alega, teniendo el Tribunal Constitucional la facultad de solicitar a las personas indicadas en  la norma legal antedicha, la  remisión de la literal necesaria para la mejor convicción del asunto que se trate.