AUTO CONSTITUCIONAL 41/2002-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 41/2002-CDP

Fecha: 13-Dic-2002

I.1

I.1 La Resolución  138/2001, pronunciada por el Juez del recurso en 28 de marzo de 2001 (fs. 37), declaró procedente el amparo constitucional formulado por Marilú Escobar Camacho y Alfonso Dorado Márquez, contra Darcy Pimentel Guerra y Carmen Tineo, funcionario y Directora Distrital del SENASAG, respectivamente, e improcedente contra el Ministro de Agricultura. La parte resolutiva de ese fallo no establece la existencia de responsabilidad civil en los demandados, así como tampoco dispone el pago de daños y perjuicios.