En revisión, la Resolución 039/002 de 11 de noviembre de 2002, cursante a fs. 23, pronunciada por el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Riberalta, del Distrito Judicial del Beni, en el recurso de hábeas corpus interpuesto por
Fecha: 19-Dic-2002
Fragmento 4
La Resolución 039/002 de 11 de noviembre de 2002, cursante a fs. 23, pronunciada por el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Riberalta, del Distrito Judicial del Beni, declara IMPROCEDENTE el recurso, con estos fundamentos: 1) las declaraciones informativas de los imputados se prestaron en presencia del Fiscal recurrido; 2) en el plazo previsto por el art. “227-4)” (sic) CPP, la Policía elevó el hecho a conocimiento del Ministerio Público, cuyo representante, en virtud a haberse operado la figura prevista por el art. 21-2) de dicho Código, cumpliendo el término del art. 226-II, requirió la prescindencia de la persecución pública contra el recurrente; 3) a la fecha, ha cesado la detención del recurrente, encontrándose en absoluta libertad y en el uso de sus derechos y garantías constitucionales.
- Gonzalo Yubanera Roca
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- a)
- Fragmento 4
- II.1
- II.2
- II.4 El Fiscal recurrido, a las doce del medio día del 9 de noviembre (fs. 8), presentó la imputación contra los sindicados
- II.5
- III.1
- III.2
- III.3
- sin la presencia del fiscal y su abogado defensor
- empero, tal omisión, no puede dar lugar a la nulidad de dicha declaración
- III.4
- III.5
- APRUEBA