Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1480/2002-R
Fecha: 04-Dic-2002
II.6.
II.6. De acuerdo a lo aseverado por ambas partes -recurrente y recurrida- (fs. 21 y 26) dentro del proceso ejecutivo seguido por la Cooperativa “Pío X” Ltda. contra Nicanor Román Zuna y otros, en el que el actor fue abogado patrocinante de la ejecutante, el Juez de la causa emitió la Resolución de 13 de agosto de 2001 por la que reguló el honorario profesional como abogado, en $US1.320,75, decisión que, apelada, fue revocada mediante Auto de Vista de 15 de julio de 2002, en el que se señaló que dichos honorarios ya fueron pagados con la factura de 1 de febrero de 2002, por Bs54.090.- por lo que no correspondía ninguna regulación.