SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1487/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1487/2002-R

Fecha: 04-Dic-2002

I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.

Que, en 10 de junio de 1998 Jorge Pérez Meneses (recurrente) interpuso en contra de Nohemy Gutiérrez Morales una querella por Giro de Cheque en descubierto, radicándose la acción judicial en el Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, hasta que en rebeldía y contumacia de la encausada llegó a dictarse una justa y ecuánime sentencia condenatoria.

Que, la defensora de oficio formuló recurso de apelación que fue resuelto por el Juez Cuarto de Partido en lo Penal recurrido, quien en forma ilegal y arbitraria pronuncia el Auto de Vista de  31 de enero de 2002 por el que anula obrados hasta fs. 36 (instancia del debate), por una supuesta “falta de publicidad en la etapa de debates”. El recurrente interpuso recurso de casación que fue resuelto por Auto Supremo de 24 de agosto de 2002, pronunciado por los vocales recuridos, quienes declararon infundado el mismo, con lo que confirmaron la ilegal resolución del ad-quem.

Que, al pronunciar las impugnadas resoluciones (Auto de Vista y Auto Supremo), las autoridades recurridas han confundido la inexistencia de testigos de cargo y descargo con el instituto de falta de publicidad de los debates; es decir que de manera maliciosa se ha utilizado la audiencia de debates como causal de nulidad, cuando tal audiencia fue desarrollada en forma pública y si no declararon testigos fue porque no existían.