Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1487/2002-R
Fecha: 04-Dic-2002
II.3.
II.3. Que, contra la indicada Sentencia, la defensora de oficio de la encausada en 29 de septiembre de 2001 interpone recurso del apelación (fs. 45), que es resuelto por el Juez Cuarto de Partido en lo Penal recurrido que pronuncia el Auto de Vista de 31 de enero de 2002, a través del que se anula obrados hasta fs. 36, con el fundamento de que no se cumplió con la etapa de celebración de debates (fs. 55 vta.).