Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1489/2002-R
Fecha: 04-Dic-2002
II.3.
II.3. Que, en 16 de agosto de 2002 se presenta un memorial a nombre de la denunciante, en el que se impugna el requerimiento de sobreseimiento (fs. 48-50); en base al cual el Fiscal de Materia demandado en 19 del mismo mes y año, dispone se remita el cuaderno de investigaciones a conocimiento del Fiscal de Distrito (fs. 50).
- Inna Dora Sejas Hurtado
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Recibida la impugnación, o de oficio en el caso de no existir querellante, el fiscal remitirá los antecedentes dentro de las veinticuatro horas siguientes, al fiscal superior jerárquico para que se pronuncie en el plazo de cinco días.
- III.2.