SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1513/2002-R
Fecha: 13-Dic-2002
I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
En la demanda presentada el 1 de noviembre de 2002 (fs. 1), el recurrente, de nacionalidad peruana, afirma que el 28 de octubre en horas de la mañana, cuando se aprestaba a abordar una aeronave del Lloyd Aéreo Boliviano (LAB), con destino a Francia y luego España fue detenido por una funcionaria de Migración alegando que su pasaporte sería falso, y conducido a dependencias de la Policía Técnica Judicial (PTJ), donde prestó su declaración en presencia de su abogado y del Fiscal, quien resolvió su expulsión del país o ponerlo en la frontera, debiendo asistir antes a la audiencia de medidas cautelares.
Relata que en el Juzgado a cargo del recurrido, el Fiscal le imputó la comisión del delito de uso de instrumento falsificado, requiriendo su deportación por encontrarse indocumentado, empero, el Juez apartándose de aquello y de lo pedido por su abogado, dispuso su detención preventiva en el Penal de San Pedro.
- Rodolfo Giancarlo Figueroa Williams
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Fragmento 3
- a)
- Fragmento 5
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- el instrumento jurídico que se pretende utilizar para dar curso al trámite de expulsión es el requerimiento fiscal que ratifica la existencia de diligencias que pretenden averiguar quién o quiénes son los autores de los hechos denunciados, para posibilitar la apertura de la causa penal correspondiente; empero, que no tiene facultades para pedir la expulsión como castigo o sanción, toda vez que ya existe competencia territorial establecida por el art. 1 del Código Penal vigente”
- III.4.
- el imputado no tenga domicilio o residencia habitual, ni familia, negocios o trabajo asentados en el país
- III.5
- APRUEBA
- PRESIDENTE DECANO