Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1513/2002-R
Fecha: 13-Dic-2002
Rodolfo Giancarlo Figueroa Williams
En revisión, la Resolución 284/2002 de 1 de noviembre de 2002, cursante a fs. 28 y 29, pronunciada por el Juez Tercero de Sentencia de El Alto, en el recurso de hábeas corpus interpuesto por Rodolfo Giancarlo Figueroa Williams contra Fernando Torrelio Espinoza, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, alegando la vulneración de su derecho a la libertad de locomoción.
- Rodolfo Giancarlo Figueroa Williams
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Fragmento 3
- a)
- Fragmento 5
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- el instrumento jurídico que se pretende utilizar para dar curso al trámite de expulsión es el requerimiento fiscal que ratifica la existencia de diligencias que pretenden averiguar quién o quiénes son los autores de los hechos denunciados, para posibilitar la apertura de la causa penal correspondiente; empero, que no tiene facultades para pedir la expulsión como castigo o sanción, toda vez que ya existe competencia territorial establecida por el art. 1 del Código Penal vigente”
- III.4.
- el imputado no tenga domicilio o residencia habitual, ni familia, negocios o trabajo asentados en el país
- III.5
- APRUEBA
- PRESIDENTE DECANO