Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1520/2002 - R
Fecha: 16-Dic-2002
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente denuncia la vulneración del derecho a la libertad, previsto en el art. 6-II CPE, con el argumento de que la Jueza recurrida, inviabiliza la libertad de su representado, dado que se niega a modificar las medidas sustitutivas impuestas de manera doble, pues se le ha aplicado fianza económica y fianza personal, en contravención a la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional. En consecuencia, corresponde establecer si tal acusación es cierta y si constituye un acto lesivo del derecho referido, a fin de otorgar o no la tutela solicitada.
- Pablo Stambuk Ferrufino, en representación sin mandato de José Luis Illanes Torrico
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra Irblan Lizarazu, Jueza Quinto de Instrucción en lo Penal-Liquidador;
- (fs. 10)
- procedente
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- simplemente ha procedido a culminar el procedimiento de la imposición de las medidas sustitutivas