SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1525/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1525/2002 - R

Fecha: 16-Dic-2002

a)

El recurrido Javier Navarro Gonzáles informó: a) que por instrucciones de la Corte Superior, en suplencia solo podía atender causas que tengan relación con detenciones, por lo que instruyó a sus funcionarios que no reciban memoriales si no sólo los relativos a esos casos, además que como juez suplente no tenía conocimiento alguno si el caso  había concluido  o no y b) que el representado podía haber hecho uso oportuno de los recursos legales para dejar sin efecto las medidas, pues llama la atención que desde julio no hubiesen hecho uso de ellos, pretendiendo ahora utilizarse el Amparo que no es alternativo de otros recursos.

A su turno, el recurrido Jorge Julio Alé, reiterando en parte el informe de su antecesor, informó que desde el 18 de septiembre se encuentra en suplencia legal alterna del juzgado cautelar cuya titular es la jueza Yenny Castellón, quien les remitió algunos cuadernos de investigación, pero no tienen memoriales pendientes, además estos no fueron pasados a su despacho sino que estuvieron a cargo de la Actuaría.