SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1525/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1525/2002 - R

Fecha: 16-Dic-2002

II.3

II.3     Que, ante la petición de cesación de las medidas cautelares presentada por el representado del recurrente, la Jueza Cautelar a cargo del juzgado donde se le impusieron las medidas sustitutivas, por decreto de 5 agosto de 2002, la negó con el argumento de que ya perdió competencia al haberse planteado acusación (fs. 23), negativa que reiteró el 17 de agosto ante un nueva solicitud (fs. 24). Posteriormente, ante otra reiteración no se dictó decreto alguno, por lo que pretendió presentar la referida solicitud el 30 del mismo mes y año, pero su recepción fue negada en los juzgados a cargo de los recurridos (fs. 83), quienes ejercían en suplencia legal en el Juzgado de Instrucción Mixto Cautelar (fs. 166).