Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1544/2002-R
Fecha: 16-Dic-2002
II.4.
II.4. Ante la petición reiterada de remisión del proceso ejecutivo a cargo del recurrido, el nuevo juez que se hizo cargo del concurso mediante providencia de 27 de agosto de 2002, ordenó la notificación del secretario abogado del Juzgado Segundo de Partido en lo Civil a fin de que informe por qué no procedió a la remisión del proceso ejecutivo, no obstante su notificación legal con la orden de acumulación de proceso de 19 de julio de 2002, asimismo, señale el estado de la citada causa (fs. 11 vta.).
- Hilarión Rodríguez Terán, Severino Montaño Zambrana, Alejandro Rojas, Catalina Alvarado Medvedeva y Argentina Landívar de Corvera
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe del recurrido
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- 1. APROBAR EN PARTE