SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1544/2002-R
Fecha: 16-Dic-2002
III.1.
III.1. El juzgado del recurrido fue notificado con la orden de remisión del expediente para su acumulación en el proceso de concurso necesario; orden que no cumplió aduciendo que el proceso se encontraba en ejecución de sentencia. En ese entendido y concordando con la posición del juzgador demandado, la jueza a cargo del concurso negó la orden de remisión del proceso solicitada por algunos de los recurrentes, mediante providencia de 6 de julio de 2002, sin que conste que éstos hubieran presentado recurso de apelación en el plazo de ley, y al no haber procedido de esa manera dejaron precluir su derecho y aceptaron tácitamente el rechazo de la remisión que ahora reclaman a través del amparo, pretendiendo utilizar erróneamente este recurso en sustitución de los medios legales que tenían a su alcance para hacer valer sus derechos y de los que no hicieron uso oportuno.
- Hilarión Rodríguez Terán, Severino Montaño Zambrana, Alejandro Rojas, Catalina Alvarado Medvedeva y Argentina Landívar de Corvera
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe del recurrido
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- 1. APROBAR EN PARTE