SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1595/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1595/2002 - R

Fecha: 20-Dic-2002

II.3

II.3     Que, dentro del citado plazo, el recurrente y su esposa manifiestan que  acreditaron su derecho propietario y dieron su consentimiento al trámite de expropiación solicitando se dé cumplimiento  a la Ley de 4 de noviembre de 1874, Ley de 30 de diciembre de 1884 y DR de 4 de abril de 1879 con relación a los arts. 22 CPE y 123 LM (fs. 6-7). Posteriormente, presentaron avalúo pericial (fs. 9-10), pero como no se llegó a un acuerdo respecto a este, pidieron se designe el evaluador municipal (fs. 11); sin embargo al no ser proveídos sus memoriales, el 22 de agosto de 2002 “bajo alternativa de amparo constitucional”, reclamaron sobre dicha omisión solicitando al recurrido, se pronuncie sobre el trámite de regularización (fs. 12), ante lo cual se proveyó el mismo día en sentido de que se fijó el valor real del inmueble expropiado y que se apersonen a suscribir la minuta de transferencia (fs. 12 vta.).