SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1595/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1595/2002 - R

Fecha: 20-Dic-2002

II.4

II.4     Que, ante esa providencia, el 30 de agosto de 2002, el recurrente solicitó que al no existir “coincidencia” ni aproximación entre los avaluos, se proceda conforme a los cuerpos legales citados, remitiéndose obrados al Juez de Partido para que designe un tercer perito (fs. 14) que no fue proveído y, en lugar de ello, el recurrido en la “vía voluntaria el 9 de octubre de 2002, pidió se proceda a la transferencia judicial del bien inmueble expropiado en sustitución del propietario renuente” (fs. 45).