Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1614/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
II.4
II.4 Contra esa decisión, apelaron los demandados en el interdicto (fs. 94 a 96), recurso que, luego de ser respondido, fue concedido en 9 de mayo (fs. 98), remitiéndose el expediente original al día siguiente (fs. 101). El Juez Sexto de Partido en lo civil, en 14 de mayo, decretó “a la oficina con noticia de los sujetos procesales”.