Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1614/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
III.3
III.3 En lo concerniente a las demás irregularidades que acusan, sobre la admisión de la demanda a la que se acompañó documental en fotocopia simple, que no se consideró que no se ha establecido claramente dónde se encuentra el terreno que reclama y que no se apreció con ecuanimidad la prueba, tales aspectos, que han sido objeto de la apelación en el proceso interdicto, deberán ser dilucidados en esa instancia.