Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1628/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
II.3.
II.3. El oficial de diligencias se apersonó al domicilio señalado, indicándole Ana Paola Cruz que el recurrente se encontraba en Trinidad y que volvería a fin de mes, por lo que no pudo citarlo con la demanda ejecutiva, cual consta en su representación de 15 de septiembre de 2001; de igual manera informó el 26 de octubre del mismo año, que no pudo realizar la diligencia no obstante haber dejado un aviso judicial a Irma Salas indicándole que volvería al día siguiente hábil a horas 15, frente a lo cual el juez de la causa ordenó la citación del ejecutado mediante cédula en el domicilio señalado; de igual manera fue notificado con la sentencia de 19 de noviembre de 2001 (fs. 85-88, 94-99).