SENTENCIA CONSTITUCIONAL 330/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 330/2002-R

Fecha: 25-Mar-2002

improcedente

Que, concluida la audiencia pública, el Tribunal de Hábeas Corpus declara improcedente el Recurso fundamentando: 1) que ante la desobediencia de la recurrente al llamado judicial se expidió mandamiento conforme al art. 91-2) del anterior Código de Procedimiento Penal; 2) que los policías al recibir dicho mandamiento simplemente cumplieron una orden judicial y según los antecedentes del proceso la procesada es la misma persona contra la cual se ha expedido el mismo y 3) que el nombre está compuesto del prenombre y el nombre y en el caso concurren ambos por lo que al omitirse “uno de los nombres de la procesada no se ha violado ninguna disposición legal, máxime si el mandamiento ni siquiera se ejecutó”.