Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 330/2002-R
Fecha: 25-Mar-2002
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Sentencia de 8 de febrero de 2002, saliente de fs. 41 a 44 de obrados pronunciada por el Juez de Sentencia de Trinidad dentro del Hábeas Corpus interpuesto por María del Rocío Heredia Guaribana contra Carla Ortiz de Pinto, Jueza Liquidadora de Instrucción en lo Penal y Mario Luis Chacón Calderón, Director de la Policía Técnica Judicial, sus antecedentes, y
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- 1)
- improcedente
- (fs. 1, 10, 11, 16, 17, 18, 20 y 33)
- (fs. 32)
- dejando presente que no desconoce el proceso,
- quien durante el transcurso del juicio ha presentado memoriales utilizando indistintamente los nombres de Rocío, Maria Rocío y María del Rocío Heredia Guaribana por una parte, por otra ha reconocido expresamente el proceso en su contra; además en su declaración confesoria exhibió la misma cédula que adjunta a la presente demanda
- POR TANTO: