SENTENCIA CONSTITUCIONAL N°27/2002
Fecha: 13-Mar-2002
I.1.
I.1. El apoderado de la empresa demandante indica que personeros de la Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A. - Bolivian Power Company Limited Sucursal en Bolivia (COBEE) suscribieron un contrato de transacción con la empresa THOR LTDA., documento que fue reconocido en sus firmas y rúbricas mediante medida preparatoria de demanda, lo que motivó que, THOR LTDA. el 21 de julio de 2000, demandara ante el mismo Juez el requerimiento judicial de mora, en atención a lo cual el Juez Noveno de Partido en lo Civil dispuso que COBEE cumpla con las estipulaciones del contrato en el plazo de 30 días, providencia contra la que la empresa que representa interpuso excepción de arbitraje, que fue declarada probada mediante Resolución 062/2001 de 8 de febrero de 2001.