Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 479/2002-R
Fecha: 25-Abr-2002
Partes:
Partes: Luis Vicente Sánchez, José Velarde Cahuana, Mercedes García Barrientos y Janeth Velarde Torrez contra Jhilka Hinojosa Fernández, Fiscal Adscrita a la Policía Técnica Judicial (P.T.J.) de la Zona Sur, Luis Antonio André R., Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, José A. Calvo Sagárnaga, Oscar Poma C. y Prudencio Ayala M., funcionarios de la Dirección de Prevención y Robo de Vehículos (DIPROVE)
- Partes:
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 4
- 2.
- a)
- 3.
- CONSIDERANDO:
- El art. 230 del Código de Procedimiento Penal señala que existe flagrancia en estos casos: 1) cuando el autor del hecho es sorprendido en el momento de intentarlo, de cometerlo, o, 2) inmediatamente después, mientras es perseguido por la fuerza pública, el ofendido o los testigos presenciales del hecho.
- POR TANTO: