SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 493/2002-R
Fecha: 30-Abr-2002
Fragmento 3
Relata que en 28 de agosto de 1993, “conocidos loteadores clandestinos”, entre ellos Cipriano Mullisaca Machaca, Mario Severo Quispe y Félix Copa Martínez, invadieron los terrenos y los despojaron violentamente de ellos, habiendo falsificado previamente una escritura pública inscrita en Derechos Reales con la complicidad de funcionarios de esa Oficina. Frente a esos hechos, interpusieron demanda interdicta de recobrar la posesión, que “el año pasado” ha sido declarada probada, confirmándose la resolución en apelación, por lo que a la fecha cuentan con fallos ejecutoriados, en virtud de los que el Juez emitió mandamiento de desapoderamiento para que se les restituyan los inmuebles, orden que estaba siendo ejecutada el 4 de febrero de la presente gestión con el Oficial de Diligencias del Juzgado, un Notario de Fe Pública y presencia de funcionarios policiales. Sin embargo, se presentó la autoridad municipal recurrida injuriando al Juez del Interdicto, y “con total menosprecio a la Constitución Política del Estado, las Leyes y el Poder Judicial”, dispuso la suspensión del acto judicial, expresando que “sobre su cadáver los demandantes accederían al inmueble”, apoyado por gente que no tiene ninguna participación en el conflicto, traídos en vehículos de la propia Alcaldía Municipal de El Alto.