SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 47/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 47/2002

Fecha: 08-May-2002

V.2.

V.2.     La Resolución Administrativa 05-08-90 de 31 de enero de 1990  consta de cinco puntos, y aclara el tratamiento tributario de los comisionistas, quienes deben pagar por la comisión recibida los impuestos al IVA y al IT, señalando que no son comisionistas  aquellos que adquieren un bien o un servicio que lo revenden con sus propias facturas, a quienes se les aplicará el IVA y el IT sobre el monto total de la venta o del ingreso bruto, según corresponda, exceptuando del tratamiento de comisionistas a aquellos que comercialicen bienes sujetos a precios establecidos por organismos gubernamentales y que no están expuestos a la libre oferta y demanda, quienes pagarán solo el IT sobre el monto de su comisión. Por último, deja sin efecto la Resolución Administrativa 05-544-89 de 23 de octubre de 1989 (fs. 66).