Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 51/2002
Fecha: 25-Jun-2002
II.3.
II.3. Partiendo del significado semántico de la palabra “anexo” o “anexar”, en cualquier diccionario común quiere decir “Partes o parte accesoria de un órgano o estructura principal”. Anexar significa unir o agregar una cosa a otra con dependencia a ella. Concretamente si la Ley principal, en este caso ha sido legalmente promulgada y publicada de acuerdo a lo establecido por el art. 81 de la Constitución Política del Estado, lógico es que tiene toda validez legal que le otorga la propia Constitución.