SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 664/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 664/2002-R

Fecha: 07-Jun-2002

En el caso de autos, el  recurrente ha sido dado de baja sin que se le haya seguido el proceso previo

En el caso de autos, el  recurrente ha sido dado de baja sin que se le haya seguido el proceso previo a que hacen referencia los arts. 54-a) y 66 de la LOPN,  ya que esa decisión ha sido asumida por el Comandante de la Policía Nacional -según se expresa en el expediente, por memorando Nº 582/2002 de 14 de enero de este año, lo que conculca el derecho a la defensa, al debido proceso y desconoce el principio de presunción de inocencia, insertos en el art. 16 de la Constitución Política del Estado, además de atentar contra el derecho al trabajo, reconocido en el art. 7-d) de la Ley Fundamental.