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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 828/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 828/2002-R

    Fecha: 15-Jul-2002

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    • IMPROCEDENTE
    • (fs. 1-4)
    • (fs. 5-6)
    • cuya vigencia será encomendada a los Tribunales de Honor de cada Colegio de Abogados, en primera instancia, y en apelación ante el Tribunal Nacional de Honor de la Federación Nacional de Colegios de Abogados, a cuya jurisdicción quedan sometidos
    • El Tribunal de Honor del Colegio de Abogados, es un órgano jurisdiccional único y competente para juzgar a los abogados por infracciones
    • (fs. 26-29)
    • POR TANTO:

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