Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 828/2002-R
Fecha: 15-Jul-2002
VISTOS:
VISTOS: En revisión la Sentencia Nº 022/2002 de fs. 31 a 32 de obrados, pronunciada el 20 de mayo de 2002, por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Cochabamba dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Oscar Bruno Mercado Céspedes, Yolanda Salvatierra Gonzáles, Joaquín Cruz Gutiérrez y Aníbal Villarroel Romero contra Jorge Ayllón Zambrana, Jorge Lema Morales, Freddy Hurtado Caballero, Adolfo Vera del Carpio y Julio Peñaranda Calvimontes, miembros del Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados, los antecedentes arrimados al expediente; y
- Partes:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- IMPROCEDENTE
- (fs. 1-4)
- (fs. 5-6)
- cuya vigencia será encomendada a los Tribunales de Honor de cada Colegio de Abogados, en primera instancia, y en apelación ante el Tribunal Nacional de Honor de la Federación Nacional de Colegios de Abogados, a cuya jurisdicción quedan sometidos
- El Tribunal de Honor del Colegio de Abogados, es un órgano jurisdiccional único y competente para juzgar a los abogados por infracciones
- (fs. 26-29)
- POR TANTO: