SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 865/2002-R
Fecha: 22-Jul-2002
1.
1. En su demanda presentada el 19 de junio de 2002 (fs. 4 y 5), los recurrentes expresan que en 11 de noviembre de 2001, Cinthia Hinojosa de Murillo sentó denuncia en su contra ante la Policía Técnica Judicial (P.T.J.), por lo que el 12 de noviembre, el Fiscal informó al Juez Cautelar el inicio de la investigación, siendo detenidos el 5 de diciembre del pasado año y remitidos al Penal de San Pedro el 7 de ese mes.
1) En 6 de diciembre de 2001 (fs. 9 a 11), se realizó la audiencia de consideración y aplicación de medidas cautelares respecto de Jhonn Roberto Martínez y Juan Andrés Bernal, quienes -de conformidad con lo sostenido por ambas partes, recurrente y recurrida- fueron aprehendidos el 5 de diciembre de 2001, habiéndose encontrado en su poder varios objetos denunciados como robados ante la P.T.J.
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 3
- 2.
- a)
- 3.
- CONSIDERANDO:
- 5)
- 6)
- la etapa preparatoria del juicio deberá finalizar en el plazo máximo de seis meses de iniciado el proceso.
- la investigación se inició el 6 de diciembre de 2001
- existen diferencias entre los tipos penales de asociación delictuosa y organización criminal,
- el Juez procedió en forma ilegal al conceder una ampliación del plazo de la investigación, porque no se está investigando el delito de organización criminal
- POR TANTO: