SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 866/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 866/2002-R

Fecha: 22-Jul-2002

10)            El ahora recurrente planteó

10)            El ahora recurrente planteó, en el escrito de 29 de mayo de 2002 (fs. 27 y 28), excepciones de falta de acción y extinción de la acción penal por el vencimiento del plazo de seis meses en la etapa investigativa, frente a lo cual, el Presidente del Tribunal de Sentencia Nº 3 expresó que, al encontrarse el caso en la etapa de preparación del juicio oral, el peticionante debe estar a los plazos previstos por el art. 340 de la Ley Nº 1970, y las excepciones deben ser planteadas de acuerdo a lo dispuesto por el art. 314 de dicha Ley.